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martes, 21 de julio de 2009

ESTA ES UNA PRUEBA DE COMO INTERNET ENTERRARA LOS ESTUPIDOS EXCLUSIVIMOS QUE AUN SE MENCIONAN EN EL PERIODISMO DEPORTIVO

En España no es delito linkear una transmisión de fútbol en internet

Así lo decidió un juez en el caso de Rojadirecta, reconocida por ofrecer enlaces a páginas con transmisiones de partidos de fútbol internacional en directo.
Las causas de la decisión


El Juzgado de Instrucción N° 37 de Madrid decidió que "las páginas de internet administradas por los imputados no facilitan la desprotección de los códigos claves para el visionado de los eventos deportivos, ni realizan conexiones con programas de desprotección, sino que lo que facilitaban son enlaces para descargar programas que permitían el visionado de tales eventos que, aunque con acceso de sistema codificado en España, son emitidos en abierto por canales de TV Internacional".

La causa fue iniciada por Audiovisual Sports, la cual consideró que se vulneraban los derechos de propiedad intelectual. Pero la Justicia española consideró que “no se desprende ni el comportamiento doloso de los imputados, ni que los programas que se facilitaban no fuesen de libre uso, siendo su utilización abierta y universal, no obteniendo por otra parte los denunciados beneficios directos por facilitar tales enlaces, sino remuneración indirecta de la publicidad del portal".


Los creadores del sitio dijeron que se “interpretó en su momento la denuncia como una táctica intimidatoria con la que creemos se pretendía que cediésemos a los intereses de Audiovisual Sport sin necesidad de que la Justicia se pronunciase”. Por ello, dicen, “decidimos ignorarles, seguir adelante con lo que considerábamos una actividad legal y esperar a la decisión de la Justicia que ha llegado dos años más tarde. Sabíamos que era cuestión de tiempo, pues el tiempo y sobre todo la lógica nos han dado la razón”.

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